La denuncia de Elisa Mouliaá (35 años) a Íñigo Errejón (40) por presunta agresión sexual ya está en el Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid y ahora es su magistrado, Adolfo Carretero, quien tiene que dar los próximos pasos para resolver todas esas incógnitas que están sobre la mesa en clave jurídica. Lo primero sería decidir abrir una investigación y la posible llamada a declarar al exportavoz de Sumar en el Congreso de los Diputados, a quien el juez podría imponer una serie de medidas cautelares, pero por el momento todo son hipótesis planteadas desde que estallara el escándalo este jueves tras su dimisión y el paso al frente de la actriz.
La penalista Beatriz de Vicente ha analizado el caso, con la información que hay hasta el momento, en 'Más vale tarde' y ha planteado los diferentes escenarios judiciales a los que podría enfrentarse el expolítico. Además, el responsable de la información de Tribunales de 'laSexta Noticias', Alfonso Pérez Medina, también señalaba varias claves para explicar ese horizonte penal al que se podría exponer, siempre con la presunción de inocencia por delante y con la cautela de esperar a que se esclarezcan los hechos y los nuevos testimonios que han salido a la luz.
Caso Íñigo Errejón: la explicación jurídica de la penalista Beatriz de Vicente
El viernes, Elisa Mouliaá formalizaba su denuncia a Íñigo Errejón en uno de los puntos de la 'UFAM' (Unidad de Atención a la Familia y la Mujer), especializada en la lucha contra la violencia de género, por un presunto delito de agresión sexual. En esa declaración, narra tres momentos en los que se habrían dado una serie de conductas punibles, por lo que podría tipificarse como tres delitos o uno continuado, tal y como explicaban en 'laSexta Noticias'. La penalista Beatriz de Vicente ofrecía su análisis en 'Más vale tarde' después de leer los hechos narrados por la actriz: "Creo que es un juego diabólico y que debemos intentar eludir el valorar ni credibilidad ni no credibilidad. Partimos de la presunción de veracidad de ella y de la presunción de inocencia de él; lo hemos dicho muchas veces, ese es el juego procesal".
Después de lanzar ese primer mensaje para la protección de los derechos de la denunciante y el señalado, ha pasado a explicar lo que dice el Tribunal Supremo: "En los delitos clandestinos sexuales, ocurre muchísimo en un habitáculo, en un interior, no hay más testigo que el perjudicado. Cuando toda la verdad bascula en ese testimonio, no solo las pruebas de cargo, sino la propia esencia del delito, ese testimonio tiene que estar apoyado por prueba periférica". Además, subraya que haya "caído en un juzgado interesante", ya que Adolfo Carretero, el juez que instruirá el caso, "las instrucciones son de la vieja escuela" y "va a haber elementos que se van a valorar, sin poner en tela de juicio nada". "El Supremo dice que no es necesario que vayas a denunciar inmediatamente y es habitual que muchas veces la víctima necesita un tiempo para denunciar, pero han pasado tres años y hay que valorarlo", continuaba la abogada.
Además, apunta a "la criminodinamia", que serían "los comportamientos posteriores, como por ejemplo que te vayas o no te vayas, si te has sentido intimidada, acompañes al domicilio o los mensajes que te puedes escribir después". "Yo he visto juicios en los que se hablaba de una agresión sexual, pero es que a los dos días se estaban whatsappeando con risas y eso es un poco contradictorio con el hecho de haber sufrido una agresión", proseguía la también criminóloga planteando todas esas hipótesis y "todos los elementos a valorar", recalcando en todo caso que formaba parte de un análisis previo.
Los escenarios judiciales a los que podría enfrentarse Íñigo Errejón
Con lo explicado anteriormente, Beatriz de Vicente pedía cautela antes de dibujar un escenario claro, ya que esa tarea le corresponde al juez: "Ya veremos si se consigue, como siempre decimos, construir ese edificio acusatorio que permita sentar en el banquillo de los acusados al señor Errejón o si esto no tiene finalmente un recorrido procesal". Los hechos, por otro lado, habrían tenido lugar en octubre de 2021, antes de que se aprobara la 'Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual', conocida como la del "solo sí es sí", lo que significa que, en caso de juzgarle, se haría por la anterior, algo que también ha querido aclarar la penalista: "El reo, en este caso, puede elegir la ley que le sea más favorable". En este sentido, hay una serie de elementos a tomar también en consideración, ya que "si él consiguiera trasladar todo esto a abusos sexuales, le interesa más la antigua ley, porque es más suave y va de 1 a 3 años" y "si no lo consigue, porque ya hay algunos episodios que hablan de intimidación, entonces le interesaría la nueva".
Por otro lado, ha explicado que el hecho de "que sean tres delitos o sea uno también depende de la corriente de jurisprudencia" que siga el magistrado. "Hay quien considera que si hay una unidad de acto en muy poco tiempo, ocurrió en varios asaltos, es un delito continuado y otros que, al haber distinto espacio y distinto tiempo, son delitos separados", simplificaba la criminóloga antes de recalcar que "las denuncias no pueden ser anónimas", preguntada por Iñaki López por la potencial "actuación de oficio" de la justicia: "Yo invito a que las denuncias se hagan ante autoridades y en sede judicial. No en redes sociales".