Penas de hasta 24 años para los asesinos de Samuel

Pablo Casal
Pablo Casal

Coordinador digital de Lecturas

Esta semana, flores y velas encendidas volvieron aparecer en el tramo del paseo marítimo de A Coruña en el que fue apaleado hasta la muerte Samuel Luiz, el 3 de julio de 2021. Ninguna condena compensa el dolor de una ausencia arrebatada con violencia y, esta vez, además, con intolerancia y odio ante la condición sexual de la víctima. Pero se ha hecho justicia. 

74 años de cárcel en total 

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un total de 74 años y medio de cárcel a los cuatro jóvenes que el pasado 24 de noviembre ya fueron declarados culpables, por unanimidad, por los miembros del jurado popular que durante semanas atendieron a les explicaciones de todas las partes. La mayor pena, 24 años entre rejas, le ha caído a Diego Montaña, el hombre que inició la paliza mortal, tal y como él mismo admitió durante su declaración en la sala. Es el único al que se le ha aplicado la agravante de discriminación por motivos de orientación sexual, ya que la emprendió a golpes con Samuel al grito de “maricón”.

La jueza, Elena Fernanda Pastor Novo, en la sentencia esgrime la intervención directa del acusado desde el comienzo hasta el final de la agresión mortal. Así como “la extensión del mal causado y su actitud posterior para con la víctima y su familia, mostrando una absoluta falta de empatía y una crueldad que merecen un mayor reproche penal”. Los condenados deberán indemnizar a los padres y a la hermana de Samuel con 303.284 euros.

Crueldad y falta de empatía 

Alejandro Freire, alias Yumba, ha sido condenado a 20 años de prisión. El fallo lo considera “partícipe destacado” porque, tras el inicio de la agresión de su amigo Diego Montaña, arremetió contra Samuel por la espalda y lo tiró al suelo. La magistrada destaca “la intensidad de su intervención”, ya que propinó golpes a la víctima e impidió que se defendiera o huyese. A Kaio Amaral le impone un total de 20 años y medio de cárcel, 17 por el asesinato y otros tres años y medio por el robo con violencia del teléfono móvil de Samuel, que se llevó de la escena del crimen.

La pena a Alejandro Míguez, el último detenido y el único que no llegó a tocar a la víctima, es de 10 años al considerarlo cómplice de asesinato. La sentencia incide en que el crimen provocó “importantes padecimientos psicológicos a los padres” del muchacho, además “del dolor moral inherente a la pérdida de un hijo y hermano”. Aprecia en la pandilla condenada “falta de empatía” y “crueldad”, ya que dejaron tirado a Samuel “en medio de una rotonda, inconsciente y con el rostro ensangrentado”, un comportamiento que causó a su familia “una especial penosidad”. 

Una ola de protestas 

La magistrada en su escrito reconstruye la brutal paliza que hizo estallar una ola de protestas contra la homofobia en todo el mundo. Un caso que para muchos se convirtió en un punto de inflexión en los procedimientos judiciales con el atenuante de odio por discriminación sexual. En unos momentos en los que este tipo de agresiones han crecido significativamente, como recogen las estadísticas policiales. No se trata solamente de una mayor conciencia en las víctimas para decidirse a presentar una denuncia, sino que los actos vejatorios están creciendo también. 

Un crimen de odio 

La sentencia recuerda que los miembros del jurado dieron como probado en la sala que Diego Montaña dedujo que Samuel era homosexual “por las palabras, gestos, forma de vestir, tono de voz y apariencia física”. Tras malinterpretar que estaba grabándole con su móvil en el paseo marítimo, cuando en realidad realizaba una videollamada en compañía de una amiga. Montaña se acercó a Samuel y lo agredió al grito de “deja de grabar, a ver si te voy a matar, maricón”, movido “por su animadversión hacia la condición sexual homosexual que le atribuyó”. El condenado “se abalanzó” sobre él, “golpeándole con puñetazos y patadas, principalmente en las zonas de cabeza y cara”, una agresión a la que se sumó inmediatamente Alejandro Freire “rodeándole con fuerza el cuello con su brazo”. “En cuestión de segundos, se adhirieron de forma progresiva al ataque un numeroso grupo de amigos y conocidos de los acusados, que se hallaban en las inmediaciones”.

Indefenso y desvalido 

Kaio Amaral, asegura la sentencia, “se integró en el grupo agresor, propinando a Samuel al menos una patada”, mientras que Alejandro Míguez se unió a la turba desde el principio y, aunque no le golpeó, sí impidió que escapase o fuese auxiliado. Samuel “se encontraba totalmente indefenso y desvalido debido al elevado número de personas que lo agredían y rodeaban”, y solo dos ciudadanos senegaleses acudieron en su ayuda. La Audiencia de A Coruña dictamina que los cuatro condenados actuaron “en unidad de acción” y “eliminando las posibilidades de defensa” del fallecido. Y, frente a las críticas vertidas por las defensas de los acusados durante el juicio, considera que las imágenes de las cámaras de seguridad del paseo marítimo que grabaron la paliza son “suficientes y aptas” para reconstruir los hechos. 

Katy Silva, absuelta 

Respecto a la absolución de Katy Silva, la novia de Diego Montaña cuando sucedió el crimen, la magistrada alega que durante el juicio no se pudo acreditar que participara en la agresión y que su actitud fue absolutamente pasiva. “Primero, trató de contener” a su pareja y después, “trató de separarlo y, aunque continuó el trayecto de la agresión, no lo hizo con actos absolutamente necesarios ni auxiliares para el fatal desenlace”, indica la sentencia. La muerte de Samuel, tal y como explicaron los médicos forenses que declararon en el juicio, fue causada por las múltiples agresiones sufridas aquella madrugada y no hubo ningún golpe determinante. El cadáver de la víctima mostraba “más de treinta lesiones” compatibles con más de una treintena de golpes, entre puñetazos y patadas.  

Hubo intención de matar 

La magistrada sostiene que todos esos golpes fueron “necesarios” para acabar con la vida del joven que tenía 24 años. “Dado que se está hablando de una agresión perpetrada por un conjunto de sujetos” que actuaba de manera coordinada, según la magistrada, no es necesario en este caso concreto, identificar cual de ellos dio el golpe que le provocó una lesión determinada, porque, todas fueron determinantes en el fatal desenlace.

La magistrada entiende que hubo dolo, intencionalidad de matar en el momento en el que empezaron a golpear al joven. Y lo fundamenta en “la deliberada selección de la cabeza como destino de las agresiones, la existencia de una pluralidad de agresores sobre una única víctima, la enorme violencia de los golpes y la forma en que se desarrolló el ataque grupal”.

También, prosigue la jueza, en “la absoluta indiferencia” de los acusados hacia la situación de Samuel cuando cae inconsciente, herido ya de muerte, sin prestarle ayuda ni buscarla en terceros. Es más, cuando aparecieron dos jóvenes senegaleses que se metieron de por medio para intentar que cesaran los golpes y socorrer al joven, aún trataron de impedir que se acercaran.

Tras la agresión, los acusados abandonaron el lugar, y se dispersaron tranquilamente por las calles adyacentes, para reagruparse después en el parque Europa de A Coruña para comentar lo que habían hecho. La sentencia no es firme y los abogados de los condenados ya han anunciado que será recurrida.